Guatemala: “No hay decisión legal que sea inconsecuente, aun si es revocada”


Pablo de Greiff, relator especial de Naciones Unidas para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, expuso sus opiniones sobre lo que los juicios por violaciones masivas a los derechos humanos, como el concluido recientemente en Guatemala, han significado alrededor del mundo.

Conversación | Por: Gerson Ortiz

¿Cómo se aprecia el juicio por genocidio en Guatemala desde la perspectiva de la justicia transicional?

– La comunidad internacional reconoce el proceso en el que está involucrada Guatemala como uno que tiene significado histórico para los ciudadanos guatemaltecos y para la comunidad internacional. Es la primera vez que un Jefe de Estado es procesado ante un tribunal nacional por este tipo de violaciones, y hemos seguido con muchísimo interés el desarrollo del caso.

¿Cuán importantes es que se judicialicen estos hechos?

– El componente de justicia penal es una dimensión importante del proceso de justicia transicional. Estos procesos incluyen un componente de justicia penal que no solo radica en que hay obligaciones internacionales y nacionales de juzgar y castigar cierto tipo de violaciones, sino la posibilidad de recuperar la confianza de los ciudadanos en las instituciones del Estado, es darle derecho a las víctimas como derechohabientes y hacer que recuperen la confianza en las instituciones del Estado, y que se pueda confiar en quienes la conducen.

¿Qué opina de críticas que hicieron algunos sectores contra la observación que hizo la comunidad internacional durante el juicio?

– En todos estos procesos es importante para los interesados, y los observadores pedir que todos se comporten de forma compatible con la libre operación, decisión e independencia de los sistemas judiciales. El interés que este tipo de procesos genera por parte de la comunidad internacional no es cosa nueva, ha sido un fenómeno histórico. Creo que es bastante que el interés de la comunidad internacional debe interpretarse como una manifestación de apoyo al fortalecimiento de los sistemas de derechos y no como un intento de dirigirlos.

Actualmente la Corte de Constitucionalidad tiene en sus manos la anulación de la sentencia, ¿qué opina?

– No opinaré sobre el caso de Guatemala en particular, y menos de manera especulativa. Estos son procesos que en diferentes partes del mundo donde se han llevado a cabo han generado muchísimas expectativas y temores, pero vale la pena recordar que a pesar de los vaticinios de toda clase de consecuencias nefastas, estos no han llegado a ser ciertos. Hay centenares de casos judicializados en Chile y Argentina, por ejemplo, que incluyen a oficiales de muy alto rango y esas experiencias dan testimonio de que estos son problemas que no se desaparecen y que las víctimas tampoco cesan en su intento por conseguir justicia, y a pesar de que tome décadas lo han logrado.

¿Cree que pueda darse esos mismos resultados sobre la justicia en Guatemala?

– Esa es la aspiración que compartimos los que pensamos que la operación de sistemas formales de Derecho hacen un aporte a la estabilidad social, reconciliación y en general al aseguramiento de los derechos y de la confianza en las instituciones.

¿Cómo puede esa sentencia por genocidio no generar polarización?

– Las violaciones registradas no se establecen a través de un proceso judicial, en este se determina la responsabilidad penal de individuos. El proceso legal consiste en que permite hacer una distribución individualizada y contribuye a evitar que la responsabilidad se generalice. Los países en su totalidad no son responsables de genocidio, quienes son responsables son individuos particulares y eso intenta hacer el proceso legal. En muchos países la operación del sistema judicial ha permitido descargar a grupos amplios por hechos violentos y atribuírselo a individuos particulares.

¿Cree que las medidas de reparación ordenadas por el tribunal sean suficientes?

– Los reclamos de justicia no se extinguen ni solo con la verdad ni solo con la penalización de casos, ni solo con las reparación ni solo con las garantías de no repetición, la respuesta adecuada requiere de la implementación de todas las medidas. Por supuesto, ese proceso es complejo y toma mucho tiempo. Es un error pensar que los reclamos pueden ser respondidos de una manera porque los cuatro tipos son necesarias. Creo que hay medidas simbólicas de reparación que juegan un papel importante en los procesos de justicia transicional. El mundo no se cae cuando se inician procesos de este estilo, es posible aceptar responsabilidades y al hacerlo se fortalecen y no se debilitan las instituciones.

¿Cuánto tiempo más cree que pueda pasar para que la sentencia cause firmeza?

– En diferentes países del mundo estos son procesos que han tomado mucho tiempo, no hay ningún país donde el proceso haya sido fácil o no haya generado reservas y temores, pero ya hay países que han concluido con éxito los proceso de judicialización, y confirman que a través de esos casos han hecho una contribución visible al fortalecimiento de las instituciones del Estado.

¿Cómo debería asumirse el cambio de una sentencia así por parte de otros órganos judiciales?

– Cada sistema legal tiene su procedimiento para agotar instancias, y mientras haya cierto tipo de incertidumbre acerca de cuál es la última etapa del proceso, siempre cabe la posibilidad de algún cambio, pero pienso que todas las decisiones jurídicas van estableciendo cierto tipo de marcas. No hay decisión legal que sea inconsecuente, aun si es revocada, algo se gana o se pierde con las decisiones de un sistema judicial, de ahí la importancia que cada decisión sea razonada y tomada en condiciones donde los operadores puedan aplicar la ley.

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